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Digesto

R.1288.62

Todos los aspectos técnicos que no se encuentren comprendidos en la presente Reglamentación o que requieran una actualización, serán resueltos por la Intendencia fundamentado en un informe técnico.

R.1288.61

Monto de las sanciones.- Cuando se constaten situaciones que no cumplan con lo establecido en esta normativa, la Intendencia de Montevideo podrá aplicar las sanciones correspondientes –las que serán en Unidades Indexadas- de acuerdo al régimen punitivo que se detalla a cont

R.1288.60

Régimen punitivo.- Para todas aquellas acciones u omisiones que se realicen contrario a lo dispuesto de la normativa vigente, se tomarán las siguientes medidas correctivas:

R.1288.59

Actuaciones.- Se faculta al Ejecutivo Comunal a modificar toda cuestión técnica de procedimiento o formalidad que se requiera en la presente.

R.1288.58

Prohibiciones: Queda prohibido colocar cualquier tipo de publicidad en la torre o en la antena.

R.1288.57

Vencimientos.- Los Permisos de Ejecución otorgados tendrán una vigencia de cinco años, sin por ello perder su carácter precario y revocable.

R.1288.56

Modificaciones en la estructura.- Todo cambio en los elementos resistentes de la estructura de telecomunicaciones deberá documentarse de forma gráfica y escrita debiendo contener una nueva memoria de cálculo que contemple lo expresado para una nueva instalación así mismo como un

R.1288.55

Inspecciones.- La Empresa expresará de forma escrita la conformidad para el acceso al predio, a efectos inspectivos, según disponga la Comisión de Antenas.

R.1288.54

Procedimientos.-

R.1288.53

Responsabilidades.-

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