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Digesto

D.1748.33

Sanciones.

D.1748.33

Sanciones.

D.1748.32

Contralores. El contralor del cumplimiento de las obligaciones instauradas por la presente Sección compete a la Intendencia de Montevideo en coordinación con la dependencia del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca (MGAP) correspondiente en el ámbito del comercio mayorist

D.1748.31

Vigencia. A partir del 13 de enero de 2014 se otorga un plazo de 12 meses.

D.1748.30

La Intendencia de Montevideo, en coordinación con otros Organismos del Estado o Gobiernos Departamentales, deberá promover la instalación de centrales de acopio de envases a nivel de las zonas de producción y del Mercado Mayorista, estas centrales podrán realizar la higiene y gestionar la distrib

D.1748.29

Estos envases no podrán usarse para contener productos que puedan significar un riesgo de contaminación para las frutas y hortalizas.

D.17448.29

Estos envases no podrán usarse para contener productos que puedan significar un riesgo de contaminación para las frutas y hortalizas.

D.17448.29

Estos envases no podrán usarse para contener productos que puedan significar un riesgo de contaminación para las frutas y hortalizas.

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