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Digesto

D.4278.19

Decantadores de barros o arenas. En locales donde se puedan producir sólidos pesados deberá colocarse un decantador de barros o arenas de fácil accesibilidad y limpieza antes del ingreso al sistema de desagües.

D.4278.18

Interceptores de aceites o combustibles livianos.

D.4278.17

Ubicación de interceptores y decantadores. Los interceptores o decantadores deberán estar ubicados en lugares ventilados y que posean accesibilidad adecuada para su mantenimiento y limpieza periódica.

D.4278.16

Características generales. Los interceptores de grasas deberán ser construidos de materiales resistentes a la corrosión, inalterables e impermeables a la acción de los residuos que concurren a él, y su superficie interior deberá ser perfectamente lisa.

D.4278.15

Interceptores de grasa. En el desagüe de toda pileta de cocina o aparatos instalados en zonas de elaboración de comidas, como restaurantes, cocinas de hoteles, escuelas, bares, cafeterías o clubes, heladerías, panaderías, plazas de comida, etc.

D.4278.14

Aprobación. El tamaño, tipo y localización de interceptores o decantadores prefabricados o hechos in situ deberán cumplir con lo establecido en la Sección anterior y el referente a materiales, accesorios y aparatos y sus reglamentaciones.

D.4278.13

Reqiuerimiento de instalación.

D.4278.12

Regulación. Lo que se establece en la presente Sección y en su reglamentación, regirá a los interceptores y decantadores que se instalen en los sistemas de desagües de una edificación domiciliaria, comercial o industrial.

D.4278.11

Sifones prohibidos. Los siguientes tipos de sifones están prohibidos:

a) Sifones que dependan de partes móviles para mantener el sello hidráulico.

b) Sifones tipo S.

D.4278.10

Sifón desconector.

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