Digesto
D.224.537.25.26
DE LA PROTECCION DE CERCOS .-
El presente régimen tiene por objeto la protección de cercos que forman parte indivisible de una composición de relevancia, o representan valores a preservar desde el punto de vista arquitectónico, urbanístico, histórico o cultural.
D.224.537.25.24
La Intendencia podrá proponer a la Junta Departamental nuevas incorporaciones a la nómina de ejemplares particularmente protegidos.
D.224.537.25.23
Decláranse particularmente protegidos, los ejemplares que se enumeran a continuación:
D.224.537.25.22
Declárase de interés departamental la protección de aquellos ejemplares de especies vegetales, poseedores de valores relevantes para el marco ambiental, natural y cultural del Departamento de Montevideo, con el objeto de mantener y valorizar el acervo natural y cultural de dichos ejemplares
D.224.537.15
Se prohíbe la demolición de edificios integrantes del conjunto original, salvo expresa autorización de la Comisión Especial Permanente.
