Los envases utilizados para cualquier tipo de agua deben presentar cierre seguro e inviolable, de modo que no se evidencien pérdidas de su contenido como consecuencia de los procesos propios del transporte y almacenamiento de los mismos.
Digesto
D.1774.50
La fortificación o el enriquecimiento de alimentos se regulará por leyes y reglamentos específicos para cada situación particular y en los casos previstos en este título.
D.1774.20
Alimentos con contenido garantizado en ácidos grasos esenciales. Son aquellos alimentos lipídicos o grasos que contienen por lo menos el 50% de sus ácidos grasos totales como ácidos linoleico y linolénico.
D.1764.1
Caldo deshidratado. Es el producto preparado según se describe en el artículo anterior que se presenta en estado granulado, en polvo o moldeado en forma de cubos o tabletas o en pasta, para ser consumido luego de la reconstitución por agregado de agua.
D.1760.10
La humedad de la sal de mesa no superará el 0.3% m/m. Podrá comercializarse en envases de hasta 500g.
D.1755.1
Chocolate con leche. Es el producto que se obtiene a partir de cacao y derivados, leche y otros ingredientes complementarios.
De acuerdo a la cantidad y tipo de leche utilizada en su elaboración se distinguen los siguientes tipos:
D.1753.13
Se entiende por bebida de Aloe Vera y frutas, el producto obtenido a partir del gel virgen de Aloe Barbadensis Miler, por adición de los ingredientes autorizados para el Gel Aloe Vera estabilizado y de jugos concentrados de frutas, edulcorantes nutritivos y colorantes contenidos en la lista
D.1743.1
El pan y todos los productos panificados deberán expenderse envasados y rotulados por el fabricante, de acuerdo a las normas generales de rotulación.
D.1736.7
Aceite parcialmente hidrogenado. Es el que ha sido sometido a los procesos de neutralización, hidrogenación parcial, desodorización y filtración en frío, pudiéndose emplear también el proceso de blanqueo.
D.1735.20
Oleo - estearina. Es el residuo resultante de la elaboración de la óleo - margarina.
