Se autoriza a la División Tránsito y Transporte, toda vez que los conductores incurran en infracción grave en todo de acuerdo con los límites de velocidad fijados en el artículo R.424.103.1 y siempre que la misma sea denunciada por e
Digesto
R.424.103.1
Se fijan los siguientes límites de velocidad, superados los cuales, la falta por exceso de velocidad se convierte en infracción grave:
a) vehículos de hasta 1.500 Kg:
I) En vías cuya velocidad máxima permitida es de 45 km/h a 76 km/h;
R.424.101
La preferencia de paso indicada en el artículo D.623, para intersecciones con problemas particulares, será determinada por resolución fundada por la División Tránsito y Transporte.
R.424.100.9
Establecer preferencia de paso para el tránsito que circula por la calle Galicia en el tramo comprendido entre las calles Florida y la calle Gaboto, sobre el que lo hace por las transversales a ella.
R.424.100.8
Establecer preferencia de paso para el tránsito que circula por la calle Gabriel A. Pereira sobre el que lo hace por las calles José Ellauri y Chucarro; dicha preferencia se señalizará con símbolos verticales de "PARE" o "CEDA EL PASO".
R.424.100.7
Establecer preferencia de paso para el tránsito que circula por la Avda. Gral. Garibaldi en toda su extensión y para la calle Ramón Márquez en el tramo comprendido entre la Avda. Gral. San Martín y el Bvar Gral.
R.424.100.6
Establecer preferencia de paso para el tránsito que circula por las siguientes vías de tránsito: a) Juan Benito Blanco entre Francisco Solano Antuña y Pereyra de la Luz (incluidas ambas), salvo en sus intersecciones con la Avda. Brasil y el Bvar. España.
R.424.100.5
Las Avenidas Luis Alberto de Herrera y Brasil y la calle Gabriel Pereyra, mantienen sus respectivas preferencias de paso sobre la calle 26 de Marzo.
R.424.100.4
La preferencia de la calle 26 de Marzo se señalizará mediante la colocación de carteles de "CEDA EL PASO" en las calles transversales a 26 de Marzo, comprendidas en el tramo entre la Rambla Armenia y la calle José Ellauri, con excepción de Basilio Pere
R.424.100.2
Las vías transversales a las de preferencia que se indican en el Art. R.424.100 se señalizarán con el símbolo de "CEDA EL PASO", salvo lo preceptuado en el Art.R.
