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Digesto

R.1582.101.7

No podrá limitarse el ingreso o participación de ningún asistente sino con fundamento en las mismas condiciones objetivas que al resto, siempre que la capacidad de aforo lo permita, no se haya cumplido el horario de cierre, o no concurra alguna de las causales de exclusión previstas en la normati

R.1582.101.6

Los carteles exigidos por el artículo D.3146.32 deberán tener un área mínima de 0,10 metros cuadrados, a realizarse en materiales resistentes, estar suficientemente iluminados, expresar su contenido en caracteres claramente legibles y colocarse a una altura mínima de 1,50 metros desde el nivel de

R.1582.101.5

A los efectos de lo previsto en el artículo D.3146.23 se entiende por suficiente y gratuito el abastecimiento de agua potable en forma ininterrumpida y sin costo durante todo el horario de funcionamiento del local o instalación eventual dispuesta en un lugar accesible al público y en artefactos d

R.1582.101.4

A los efectos de lo previsto en el artículo D.3146.22, se entiende por servicio de cobertura médica el servicio de área protegida, debiendo adherirse a una emergencia médica móvil que preste atención médica de emergencia en caso de requerirlo alguna persona durante su permanencia en el local.

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