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Digesto Departamental
Volumen XIII De los Espectáculos Públicos

Parte Legislativa
Título
Único
Capítulo IX
De la Prevención y Defensa Contra el Fuego en los Locales Destinados a Espectáculos Públicos
Sección XXXI
De las Cabinas de Proyección

Artículo D.3100 ._

Son aplicables a las cabinas de proyección los artículos D.3076, D.3081, D.3082, D.3084, D.3085 sobre tableros generales; y los artículos D.3087, D.3089 y D.3090 del tablero de cabina del escenario.

FuenteObservaciones
art. 14
art. 211