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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
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TOBEFU
Texto Ordenado de Beneficios Funcionales
DE LOS BENEFICIOS SOCIALES
Sala de apoyo a la lactancia

Título V
DE LOS BENEFICIOS SOCIALES
Capítulo XI
Sala de apoyo a la lactancia

Créase dentro de la órbita del Departamento de Gestión Humana y Recursos Materiales en dependencia directa del Servicio de Salud y Seguridad Ocupacional una Sala de Apoyo a la Lactancia, destinada a ser utilizada por las funcionarias madres de hijos/as menores de dos años, a los efectos de que puedan amamantarlos/as, conforme la reglamentación de funcionamiento que se dicte al respecto.

FuenteObservaciones
num. 1

El proceso de extracción y manipulación de los insumos estará a cargo de las funcionarias usuarias bajo su responsabilidad personal, quienes podrán si así lo desean efectuar en dicha Sala donación voluntaria de leche materna.

FuenteObservaciones
num. 2

El Servicio de Salud y Seguridad Ocupacional se encargará del mantenimiento, conservación y traslado de la leche materna donada a fin de asegurar su adecuado valor biológico.

FuenteObservaciones
num. 3