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TOBEFU
Texto Ordenado de Beneficios Funcionales
DE LAS COMPENSACIONES ESPECIALES EN ATENCION A LA TAREA DESARROLLADA
Del Servicio Mantenimiento Vial

Título II
DE LAS COMPENSACIONES ESPECIALES EN ATENCION A LA TAREA DESARROLLADA
Nota:

Ver Res.IM Nº 583/12 de 06/02/12 que aprueba el Protocolo de Consideración de situaciones generadas en procesos de Evalucación Inicial, Evaluación de Desempeño y Calificación General. Y sus modificaciones en el num. 3 de la Res. IM Nº 2948/18.

Por Res. IM Nº 0590/21 de fecha 01 de febrero de 2021, se convalida el Acuerdo Bipartito celebrado con ADEOM, con fecha 15 de enero de 2021, y se crea una compensación con el objeto de resarcir -de forma ficta- los eventuales gastos derivados del trabajo a distancia, relacionados con los medios vinculados al desarrollo de la actividad.

Por Res. IM Nº 0274/25, en su numeral, se establece:
1º-. Prorrogar a partir del 1º de enero y hasta el 31 de diciembre de 2025, el régimen de trabajo aprobado por Resolución Nº 0441/23 de fecha 19 de enero de 2023, cuya última prórroga fue dispuesta por Resolución Nº 0973/24 de fecha 27 de febrero de 2024 con las modificaciones aprobadas oportunamente.

Capítulo III.1
Del Servicio Mantenimiento Vial

Partida Servicio Mantenimiento Vial. Para todo el personal alcanzado por la presente propuesta el valor de esta partida será de $ 10.000 (pesos uruguayos diez mil), la que se ajustará con los respectivos incrementos salariales.

Las Jefaturas Obreras percibirán una partida adicional mensual equivalente al 20% de la Partida Servicio Mantenimiento Vial.

El cobro de la Partida Servicio Mantenimiento Vial y la adicional en caso de las Jefaturas Obreras, estará relacionado a los criterios que se establecerán para la asiduidad y puntualidad de los/as funcionarios/as.

Descuentos Partida Servicio Mantenimiento Vial y adicional de Jefaturas Obreras.

Entrada fuera de hora despues de los 30 minutos y hasta 45 minutos en el mes. 
Salida anticipada más de 30 minutos y hasta
45 minutos.
Se le restará un 20% del importe máximo de la partida servicio de mantenimiento vial.
Entre 46 minutos y 60 minutos de llegada tarde.
Salida anticipada de mas de 45 y hasta 60 minutos.
Hasta un día de suspensión
Se le restará 30 % del importe máximo de la partida servicio de mantenimiento vial.
Desde 61 minutos de llegada tarde y/o salida anticipada.
Suspensiones de 2 días o mas.
Se le restará 50% del importe máximo de la partida servicio de mantenimiento vial.

 

FuenteObservaciones
art. 1
Cláusula 3º del Convenio
Nota:

Por Res. IM Nº 4716/24 de fecha 6/11/24, se aprobó el texto del Convenio entre esta Intendencia y la Asociación de Empleados y Obreros Municipales (ADEOM), estableciendo en la cláusula décima que las partidas percibidas por aplicación de dicho Convenio, serán compatibles con la percepción de los Compromisos de Gestión.


Planta asfáltica. Los/as funcionarios/as que desempeñen funciones de operación y/o mantenimiento en la Planta Asfáltica, percibirán una partida adicional mensual nominal de $ 9.000 (pesos uruguayos nueve mil) la que se ajustará con los respectivos incrementos salariales.

Aquellos funcionarios/as que ocasionalmente realicen dichas funciones, la partida será prorrateada proporcionalmente a los días trabajados.

Dicha partida adicional será liquidada mientras se estudia y analiza la propuesta de ADEOM de crear una nueva carrera.

La percepción de esta partida adicional no estará condicionada a la adhesión del régimen de trabajo de 9:12 hs.

FuenteObservaciones
art. 1º
Cláusula 9º del Convenio.
Nota:

Por Res. IM Nº 4716/24 de fecha 6/11/24, se aprobó el texto del Convenio entre esta Intendencia y la Asociación de Empleados y Obreros Municipales (ADEOM), estableciendo en la cláusula décima que las partidas percibidas por aplicación de dicho Convenio, serán compatibles con la percepción de los Compromisos de Gestión.