Las carnicerías podrán vender productos chacinados sin fraccionaro fraccionados envasados herméticamente, provenientes de establecimientos habilitados sin que medie autorización expresa para ello.
Digesto
D.1460.1
Lavamanos. El local de venta contará como mínimo, con un lavamanos de accionamiento manual, agua caliente y fría y jabonera dispensadora de jabón líquido.
D.1448
La comercialización de alimentos se llevará a cabo en comercios alimentarios que deben cumplir con los requisitos generales establecidos en el Capítulo V para las empresas alimentarias, y los de los Capítulos VII a IX en lo que corresponda, además de los particulares que se establecen e
D.1397
Los comercios alimentarios que realicen fraccionamiento de alimentos a la vista del consumidor final (art. D.1395 inciso b) deberán contar con un área adecuada para este fin a juicio del Servicio de Regulación Alimentaria.
D.1390
Se podrá efectuar el fraccionamiento tanto a nivel industrial como a nivel de comercios alimentarios.
D.1381
No deberán existir en el galpón de ordeño y quesería implementos ajenos a la tarea que se desempeña. Los equipos y utensilios (tarros, tina, etc) que entren en contacto con la leche y el queso, deberán mantenerse en buen estado de conservación e higiene.
D.1367
Las puertas deben ser lisas, no absorbentes y con sistema de cierre automático o batiente, que permita estar siempre cerradas.
D.1347
Se entiende por establecimiento de acopio, depósito, clasificación o envasado de huevos, todo establecimiento o sección de establecimiento dedicado a las tareas mencionadas, ya sea para el consumo interior o la exportación.
D.1338
Cuando se traten los productos envasados en recipientes de vidrio, deberá cuidarse que la temperatura inicial del agua en la autoclave sea ligeramente inferior a la del producto que se carga.
D.1327
Toda vez que se constate cualquier desviación del proceso térmico programado deberá darse un reproceso completo a dicho lote o utilizar un proceso de alternativa aprobado por el Servicio de Regulación Alimentaria.
