Digesto
R.899.4
Clasificación de los deterioros: Los deterioros pueden clasificarse en superficiales, en profundidad o de replanteo. Se consideran deterioros superficiales aquellos que impliquen el faltante de baldosas o la existencia de sueltas o rotas.
R.899.3
Clasificación de veredas inapropiadas: Las veredas inapropiadas se clasifican en cuatro estados, según su conservación:
a) Estado I- Las propiedades que carezcan de veredas, o que posean más del 75% de las mismas deteriorada o en mal estado de conservación.
D.2241.25
La autorización de funcionamiento a través de una canalización especial de desagüe tiene carácter precario y revocable.
D.2241.21
Cuando un colector provisorio sea declarado definitivo en toda su extensión o en parte de ella, los propietarios de los inmuebles frentistas a esa parte que hayan contribuido a su costo abonarán las cuotas que correspondan para la cuenca saneada a la que éste se incorpore.
D.2241.20
Las contribuciones que se exijan por el uso del colector a los propietarios de los inmuebles que tomen conexión, de acuerdo a lo establecido en el artículo D.
D.2241.19
Conjuntamente con los colectores provisorios se deben construir las conexiones de los inmuebles de los interesados.
D.2241.17
Los colectores provisorios pasarán a propiedad de la Intendencia luego de finalizada su construcción y habilitado su funcionamiento.
D.2241.15
Colector provisorio es todo ramal o prolongación de la red pública de alcantarillado construido en el subsuelo departamental por iniciativa de los interesados, de acuerdo con las disposiciones del presente Capítulo y las normas que establezca su reglamentación, que esté destinado al desagüe
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