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Digesto

R.1171.36

Las Ferias Especiales de Venta de Artesanías se conformarán con artesanos que comercien productos de su propia elaboración. Los rubros abiertos a la presentación de muestras son:
METALES

R.1171.35

Créanse tres Ferias Especiales de venta de Artesanías en la Ciudad Vieja. Dichas Ferias funcionarán de lunes a viernes en el horario de 10:00 a 18:00 horas y constarán de un total de 106 (ciento seis) puestos, en las siguientes áreas:

R.1171.8

El Departamento de Cultura, a través de la División Promoción y Acción Cultural, deberá llevar un registro de todos los expositores que participen en esta muestra, debiéndose dejar constancia de:
a) el número de Resolución del Intendente por la cual se le otorgó el permiso;

R.1171.7

Se podrán exhibir y comerciar únicamente los artículos que estén comprendidos dentro de los siguientes rubros: Antigüedades, libros antigüos y de colección, especializados. Artes Plásticas (grabados, pinturas, dibujos, etc.).

R.1171.27

Obligaciones de los permisarios:

R.1171.24

El permiso será revocado en los siguientes casos:
a) inasistencias injustificadas, de acuerdo a lo que establece el artículo R. 1171.29;
b) la reiterada comprobación de falta de higiene en el stand;

R.1171.19

La ubicación del stands correspondiente a cada uno de los expositores admitidos será determinada en acto público, por sorteo fiscalizado por un escribano designado por el Servicio de Escribanía de la Intendencia de Montevideo, debiéndose hacer saber a los interesados, el día y la fecha, m

R.1171.16

Adjudicación de los permisos.

R.1171.15

Cometidos de la Comisión Especial. Serán cometidos de la Comisión Especial del Paseo Plaza Zabala:

R.1171.14

La Presidencia de esta Comisión será ejercida en forma rotativa por cada uno de los integrantes designados por la Intendencia de Montevideo, durando un año en el ejercicio de sus funciones.

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