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Digesto

R.1171.61

A partir de la fecha en que el interesado se presente ante el Servicio Central de Inspección General a ratificar su interés en el puesto adjudicado, según lo establecido en el artículo anterior, el interesado quedará en condiciones de utilizar el puesto, debiendo hacerse presente en el mis

R.1171.60

La resolución de la adjudicación de los puestos será notificada a los favorecidos en calidad de titulares, quienes dispondrán de 10 (diez) días hábiles para presentarse en el Servicio Central de Inspección General munidos de la siguiente documentación:
a) cédula de identidad;

R.1171.59

El acto del sorteo será publico y controlado por un Escribano de la Intendencia, quien levantará acta de resultado del mismo.

R.1171.58

Del procedimiento del sorteo.

R.1171.57

Carácter del Permiso. El permiso es personal, precario y revocable y sólo podrá ser transferido a las personas que se detallan en los siguientes casos: 
a) al cónyuge o concubino estable, padres, hijos o hermanos.

R.1171.55

De los Aspirantes.

R.1171.53

La Intendencia de Montevideo adjudicará los puestos en las distintas ferias especiales y periódicas por sorteo. Para el caso de las ferias que ya están funcionando, la adjudicación se hará mediante el acuerdo entre los involucrados.

R.1171.52

El Servicio Central de Inspección General llevará un Registro de Vendedores, en cuya ficha individual constará:
a) nombre del permisario y domicilios;
b) nombre y fecha de resolución por la que se le adjudicó el puesto;
c) rubro o rubros autorizados a comercializar;

R.1171.51

Las ferias especiales funcionarán de martes a domingo, con excepción de los siguientes días: 1° de enero, 1° de mayo, 18 de julio, 25 de agosto, 25 de diciembre y martes de Carnaval, estableciéndose como horario de funcionamiento el siguiente:

R.1171.50

Creación de nuevas Ferias Especiales y Periódicas: Las ferias podrán instalarse a iniciativa de los vecinos o a iniciativa de la propia Intendencia.

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