Back to top

Digesto

D.554.2

Renovaciones de licencias vencidas sin imposición de exámenes: Las licencias de conductor vencidas podrán renovarse sin imposición de exámenes teórico y práctico hasta los 2 (dos) años de su vencimiento.

D.554.1

De los plazos de vigencia en la consideración de la antigüedad. Entiéndese por antigüedad el lapso temporal transcurrido de forma ininterrumpida entre la fecha de expedición de un PUNC y la inmediata posterior, sea en la misma o distinta categoría, con las excepciones establecida

D.551.1

Exámen práctico. Definición: es el conjunto de pruebas que mide el grado de idoneidad y pericia de un individuo en la conducción de vehículos a tracción mecánica, correspondiente a la categoría de permiso de conductor a la que aspira.

D.547.1

El Gobierno Departamental de Montevideo podrá cancelar el PUNC cuando su titular no reúna las condiciones exigidas en la presente Sección y su reglamentación correspondiente.

D.545.1

Prohibición de conducir sin PUNC. Ninguna persona puede conducir vehículos de tracción mecánica si no posee el PUNC expedido por un Gobierno Departamental.

Solo pueden conducirse aquellos vehículos para los cuales expresamente lo habilita el PUNC que se posee.

R.438.5

Se deberá disponer del cuerpo Inspectivo necesario por parte de las empresas permisarias del servicio de ómnibus urbanos, así como por parte de esta Intendencia a efectos de vigilar el efectivo cumplimiento de lo dispuesto en la presente Sección.

R.438.4

A partir de la vigencia de las presentes disposiciones de la presente Sección se deberán inhabilitar los parlantes existentes en el salón de las unidades.

R.438.3

Solo se podrán escuchar emisiones radiales con dispositivos cuyo volumen puesto a su nivel máximo no supere los 60 decibelios, de forma de no perturbar el correcto desempeño del servicio y no generar molestias a los usuarios.

Páginas

Suscribirse a Digesto