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Digesto

D.79.32.1

El Intendente podrá, de acuerdo a las normas vigentes, actualizar las carreras que integran los subescalafones del Sistema Integrado de Carreras y Remuneraciones, a cuyos efectos podrá modificar los nombres, de acuerdo a las carreras habilitadas por el Ministerio de Educación y Cultura.

D.76

El SUBESCALAFON DE DIRECCION, perteneciente al Escalafón de Conducción, comprende los cargos en los que predomine la programación, coordinación y control de la ejecución de actividades, procesos y proyectos; la determinación de metas en el corto y mediano plazo; y el aná

D.53

No podrán estar en relación directa de jerarquía funcionarios vinculados por parentesco dentro del tercer grado por consanguinidad o segundo de afinidad, ni ligados por matrimonio.

D.117

Los funcionarios que desempeñan tareas insalubres o especiales, gozarán de una licencia anual especial en la forma que establezca la reglamentación.

D.79.5

El ESCALAFON ESPECIALISTA PROFESIONAL comprende tareas complementarias o de asistencia a funciones de alta especialización técnica y a servicios vinculados a los procesos de gestión; a las áreas educativas, culturales y artísticas; a las actividades turísticas, recreativa

R.423.1

Todos/as los funcionarios/as de la Intendencia y los Municipios se encuentran obligados/as a concurrir a declarar en los sumarios, las investigaciones administrativas, las informaciones de urgencia y en los procedimientos disciplinarios en que así se disponga.

R.418.34

Establecer que la Política de continuidad operativa de TI deberá ser revisada cuando ocurran cambios significativos (técnicos, normativo, negocio) o al menos cada tres años para evaluar su implantació n y modificada cuando así se requiera, a efectos de eficaz cumplimiento de sus objetivos.

R.418.22

Establecer que la Política de Gestión de Operaciones deberá ser revisada cuando ocurran cambios significativos (técnicos, normativo, negocio) o al menos cada tres años para evaluar su implantación y modificación cuando así se requiera, a efectos de eficaz cumplimiento de sus objetivos.

R.334

Los funcionarios que se encuentren incluidos en el régimen de licencia por enfermedad, previsto por los artículos D. 128 y D.

R.291

Médicos que realicen exámenes a domicilio.

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