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Digesto

R.233.3

Entre los meses de julio y octubre de cada año, se realizarán las Calificaciones de Méritos correspondientes al período inmediato anterior.

D.38

El área encargada de Gestión Humana sugerirá los requisitos particulares necesarios para el ingreso a cada cargo, sin perjuicio de los generales exigidos para ingresar a esta Intendencia.

R.423.1.4

Su concurrencia a dichos lugares sólo podrá hacerse en 2 (dos) oportunidades durante el transcurso de la jornada laboral.

R.333.1

Toda dependencia u oficina que reciba una solicitud de licencia por enfermedad, deberá remitirla al Servicio Médico del Departamento dentro de las doce horas de recibidas.

D.87

Establécese el sistema de Calificaciones.

R.229.7

A los efectos del ordenamiento antes referido, y cuando se tratare de las situaciones previstas en el artículo R.228 lit. d), R.228.1 lit d), R.228.8 lit. e), R.228.9 lit. d) y R.228.10 lit.

R.418.17

Establecer la siguiente Política de Actualización de Hardware y Software:

a) Actualizar los componentes de la plataforma operativa según una política de reemplazo de equipamiento con un máximo de 3 (tres) años;

R.390

Adjudicado un radio, su cobrador no podrá obtener cambio a otro, durante el lapso de dos años salvo en las situaciones del artículo anterior.

R.352

Se considerarán "tareas insalubres" aquéllas que por las condiciones en que se desempeñan, exponen al trabajador a factores nocivos que puedan afectar su salud, su integridad física o su vida.

R.335

En los casos de funcionarios que por la índole de su enfermedad les sea imposible concurrir personalmente a empadronarse, el Servicio de Liquidación de Haberes, destacará personal para concurrir a sus respectivos domicilios a tales efectos.

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