Back to top

Digesto

R.405

El reintegro provisorio del cobrado sumariado a sus funciones específicas sólo será admisible cuando así sea decretado a instancias de los funcionarios instructores antes de los sesenta días contados a partir de la resolución de sumariar.

D.79.18

El Subescalafón de DIRECCION comprende las siguientes carreras:
. Director 3
. Director 2
. Director 1

R.353

De surgir alguna tarea que no sea contemplada en las categorías que se establecen en el artículo R. 355 previo informe médico, se librará mensaje a la Junta Departamental, propiciando su inclusión como tarea insalubre.

R.229.5

El fallo del Jurado deberá ser fundado y deteminará si el funcionario posee o no las aptitudes necesarias para desempeñar las funciones del cargo que debe proveerse.

R.236

La evaluación del desempeño se efectuará de acuerdo a los siguientes factores:
A. RENDIMIENTO
Este factor se refiere a la cantidad o volumen del trabajo realizado.

R.234.5

La nómina de candidatos se confeccionará con los nombres de los funcionarios propuestos, previa aceptación por escrito de los mismos.

R.228.1

Para la Categoría Profesional Sub Escalafón "A" el sistema de ascensos será el siguiente:
a) De Profesional "A" II Grado 1 a Profesional "A" I Grado 2: por Calificación Conjugada.

R.342.28

A los efectos de esta licencia, los días se contarán en forma contínua, incluídos los feriados.

R.234.3

Los miembros referidos en los literales b) y c) del artículo anterior debrán pertenecer a la Categoría Funcional y, en su caso, sub-escalafón, profesion, especialización u oficio a los funcionarios a calificar por el respectivo Tribunal.

R.418.28

Establecer que el alcance de esta Política aplica a todos los sistemas de información de la Intendencia de Montevideo, incluyendo los ubicados en el Palacio y sitios externos. La misma comprende los sistemas existentes y futuros

Páginas

Suscribirse a Digesto