El Servicio Fúnebre y Necrópolis realizará el llamado a sorteo.
Digesto
R.1301
Los precios bases se fijarán en función de los valores de comercialización corriente de dichos bienes. Para su determinación se requerirá el informe o dictamen previo de la Comisión de Asistencia al Servicio Fúnebre y Necrópolis.
R.1300
El Servicio Fúnebre y de Necrópolis comunicará al Departamento de Acondicionamiento Urbano, la nómina de bienes funerarios disponibles a efectos de obtener la autorización para proceder a la adjudicación del derecho de uso de los mismos, mediante el procedimient
R.1299
La adjudicación del derecho de uso de parcelas, nichos y panteones se hará una vez realizado el sorteo por el Servicio Fúnebre y de Necrópolis, y luego que el Servicio de Ingresos Comerciales comunicare la realización efectiva del pago o el sistema de financiami
D.2536
El contenido de este artículo fue recogido por el artículo D. 2486.1, por el Decreto Nº 30055 de fecha 23/09/2002.
D.2535
Cuando se diere la situación prevista en los artículos anteriores, y los familiares o amigos del extinto corrieren con los gastos del sepelio, aún cuando el mismo se realizara por empresa privada, el Servicio Fúnebre y de Necrópolis concurrirá, previa anuencia de los
D.2534
El contenido de este artículo fue recogido por el artículo D. 2486, por el Decreto Nº 30055 de fecha 23/09/2002.
D.2532.1
El contenido de este artículo fue recogido por el artículo D. 2528, por el Decreto Nº 30055 de fecha 23/09/2002.
D.2533
El contenido de este artículo fue recogido por el artículo D. 2485, por el Decreto Nº 30055 de fecha 23/09/2002.
D.2532
El contenido de este artículo fue recogido por el artículo D. 2527, por el Decreto Nº 30055 de fecha 23/09/2002.
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