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Digesto

R.1302

El Servicio Fúnebre y Necrópolis realizará el llamado a sorteo.

R.1301

Los precios bases se fijarán en función de los valores de comercialización corriente de dichos bienes. Para su determinación se requerirá el informe o dictamen previo de la Comisión de Asistencia al Servicio Fúnebre y Necrópolis.

R.1300

El Servicio Fúnebre y de Necrópolis comunicará al Departamento de Acondicionamiento Urbano, la nómina de bienes funerarios disponibles a efectos de obtener la autorización para proceder a la adjudicación del derecho de uso de los mismos, mediante el procedimient

R.1299

La adjudicación del derecho de uso de parcelas, nichos y panteones se hará una vez realizado el sorteo por el Servicio Fúnebre y de Necrópolis, y luego que el Servicio de Ingresos Comerciales comunicare la realización efectiva del pago o el sistema de financiami

D.2536

El contenido de este artículo fue recogido por el artículo D. 2486.1, por el Decreto Nº 30055 de fecha 23/09/2002.

D.2535

Cuando se diere la situación prevista en los artículos anteriores, y los familiares o amigos del extinto corrieren con los gastos del sepelio, aún cuando el mismo se realizara por empresa privada, el Servicio Fúnebre y de Necrópolis concurrirá, previa anuencia de los

D.2534

El contenido de este artículo fue recogido por el artículo D. 2486, por el Decreto Nº 30055 de fecha 23/09/2002.

D.2532.1

El contenido de este artículo fue recogido por el artículo D. 2528, por el Decreto Nº 30055 de fecha 23/09/2002.

D.2533

El contenido de este artículo fue recogido por el artículo D. 2485, por el Decreto Nº 30055 de fecha 23/09/2002.

D.2532

El contenido de este artículo fue recogido por el artículo D. 2527, por el Decreto Nº 30055 de fecha 23/09/2002.

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