En caso de identificarse al propietario del objeto incautado, y de ser ubicado el mismo de inmediato, podrá devolvérsele el mismo día previa justificación de ser su propietario, identificación en forma, y su firma.
Digesto
R.1363
Cada cementerio dispondrá de un local en condiciones de seguridad suficiente en el que se depositarán en el día, los ornamentos y materiales funerarios que sean retirados de los sitios de sepultura o cualquier otro que se encuentre dentro de la necrópolis, ya se
R.1362
El Encargado del cementerio y el primer Capataz, son responsables por las consecuencias irregulares o anómalas, que apareje el no cumplimiento de las disposiciones de esta Sección.
R.1361
En cada autorización que se conceda, se fijará el plazo de la reparación a efectuarse, vencido el cual se restituirá la pieza al lugar de procedencia, bajo sanción en caso de incumplimiento.
R.1360
El solicitante deberá probar fehacientemente su identidad. En caso de co-uso deberán suscribir la petición por lo menos dos o más usuarios.
R.1359
La petición deberá ser acompañada del título o certificado de uso del local de que se trata, debiendo abonarse los derechos reglamentarios.
R.1358
Cuando exista necesidad de retirar de las necrópolis para su reparación piezas integrantes de monumentos, bustos o relieves, etc., es indispensable obtener de la Administración el permiso correspondiente mediante presentación de escrito.
R.1356
No se permitirá la colocación de fotografías sobre las tumbas o sepulturas.
El Servicio Fúnebre y de Necrópolis dará aviso a los interesados, a los efectos del retiro y devolución de dichas fotografías.
R.1357
Prohíbese la colocación en los nichos, así como en los espacios libres próximos a éstos, de la rotonda del Cementerio Central, de aditamentos de naturaleza alguna, tales como jardineras, macetas, placas, etc.
R.1355
Los objetos que por razón de deterioro no puedan permanecer más tiempo en el sitio donde se hayan colocado, serán también retirados inmediatamente usando el mismo procedimiento que se indica al final del artículo.
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