Digesto
R.1399
La documentación requerida por los artículos D.2503, D.2504 y D.2505 para
R.1331
Cumplido el término del emplazamiento, que será perentorio y si correspondiese, se expedirá nuevo título previo pago de los derechos respectivos.
D.2527.6
El contenido de este artículo fue recogido por el artículo D.2519, por el Decreto Nº 30055 de fecha 23/09/2002.
D.2527.5
El contenido de este artículo fue recogido por el artículo D.2518, por el Decreto Nº 30055 de fecha
23/09/2002.
D.2484
Los cadáveres, restos o cenizas cuya introducción sea admitida deberán cumplir con los requisitos de conservación, embalsamamiento o traslado que determine la reglamentación.
D.2478.6
El contenido de este artículo fue recogido por el artículo D. 2453.12, por el Decreto Nº 30.055 de fecha 23/09/2002.
D.2478.5
El contenido de este artículo fue recogido por el artículo D.2453.11, por el Decreto Nº 30.055 de fecha 23/09/2002.
D.2478.4
El contenido de este artículo fue recogido por el artículo D. 2453.10, por el Decreto Nº 30.055 de fecha 23/09/2002.
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