PARODISTAS. La categoría Parodistas consistirá en una imitación burlesca de obras, hechos y personajes reales en un tono jocoso y constructivo, con valor artístico.
Digesto
R.1582.91
HUMORISTAS. La categoría humoristas se basará en la libre comicidad de escenas, situaciones o personajes, no pudiendo basarse el argumento en una obra, hecho o suceso real.
R.1582.87
No obstante lo preceptuado en el artículo R.1582.26, inciso b), respecto a las categorías dentro de las cuales se podrá participar en los festejos carnavalescos fuera de concurso, en casos excepcionales el Servicio de Turismo y
R.1582.85
Créase un Tribunal Honorario de Apelaciones que estará integrado por un delegado de la Intendencia de Montevideo, un delegado de la entidad que representa a los directores de Carnaval y un delegado designado de común acuerdo, 15 (quince) días antes de la iniciación del Concurso Oficial.
R.1582.83
En los casos que se apliquen sanciones que signifiquen descuentos en los puntajes adjudicados a las agrupaciones por sus actuaciones en los espectáculos del Concurso Oficial, se deberá dejar constancia en las boletas de calificación respectivas, y su descuento se hará efectivo cuando la Com
R.1582.81
Las agrupaciones pueden ser sancionadas por el Servicio de Turismo y Eventos, por la Comisión de Control o por la Comisión de Calificación en lo que a cada uno de estos Cuerpos compete, con penas que se determinarán y graduarán en cada caso según la gravedad de la infracción constatada.
R.1582.77
En cada etapa se hará un listado de la programación para conocimiento de los responsables de los conjuntos, sin perjuicio de que se les cite a cada uno en forma individual y por escrito, indicándose día y hora en que deberán estar presentes en el local en que se desarrolle el concurso ofici
R.1582.76
Las agrupaciones estarán obligadas a participar en los espectáculos del Concurso Oficial toda vez que sean citadas, a tal efecto, por Resolución de la Comisión de Calificación. De no hacerlo quedarán automáticamente eliminadas del mismo.
R.1582.75
El Concurso Oficial de Agrupaciones se realizará en el local que se determine oportunamente, cumpliéndose en 3 (tres) etapas, de acuerdo al siguiente detalle:
R.1582.59
La escala de premios o menciones especiales a adjudicarse en cada categoría así como los montos porcentuales de cada una de ellas, será previamente fijados por la Entidad que representa a los directores de agrupaciones carnavalescas, ya que los mismos se abonarán de acuerdo con lo recaudado
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