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Digesto

R.1152.178

La Caja Central integrará su capital con dinero, "fichas de canje" y "fichas especiales de canje". Las Cajas de Conversión al público integrarán su capital exclusivamente con dinero.

R.1152.103

La Gerencia o quien la represente está facultada para disponer el cese del juego.

R.1152.3

El Jefe de Mesa, con anuencia de los socios y sin la intervención de los Pagadores, efectuará el reparto de lo ganado en dicha sociedad.

R.1152.177

En el caso de que la Mesa Central de Liquidación y Trasiego agotare sus reservas de fichas de juego, realizará para abastecer su banca, envío de fichas de canje recibidas por el procedimiento establecido en el artículo R.

R.1152.46

Una vez entregada la primera carta del pase, no podrá ser retirada, ni modificada apuesta alguna por ninguno de los jugadores.

R.1152.74

No se aceptarán apuestas verbales bajo ningún concepto.

R.1152.83

Una vez concluido el pase, el Pagador presionará el botón GAME OVER y se jugará la mano siguiente.

R.1152.61

Los valores mínimos y máximos de las apuestas, "Primera Apuesta" y "Apuestas Posteriores" serán fijados por la Dirección de Casinos de la Intendencia.

R.1152.33

Doblaje de apuestas. El apostador podrá doblar la apuesta cuando la suma de sus primeras dos cartas sea de 9, 10 u 11, recibiendo entonces solamente una carta más. El doblaje de la apuesta será por el total de la apuesta inicial, aún cuando se exceda el máximo permitido.

R.1152.210

La autorización, individual o colectiva que expida el Intendente, para asistir a los cursos de Capacitación será cursada al Departamento de Recursos Humanos y Materiales, sin cuyo requisito dicha repartición estará inhibida de permitir la asistencia a dichos cursos, a persona alguna.

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