Los accesorios fácilmente inflamables, tales como paja, panelas, guirnaldas, haces de leña, fuegos de artificio, etc., estarán guardados en un lugar especial, construido enteramente en material incombustible y mantenido cerrado por una puerta de aislamiento y a prueba de fuego.
Digesto
D.2916
Periódicamente, la Dirección Nacional de Bomberos efectuará inspecciones de instalaciones permanentes y demás accesorios, dejando constancia de las mismas, mediante la aplicación de un sello en el que conste la fecha.
D.2915
Los decorados, los accesorios de escena, el telón de boca y, en general, todos los objetos e instalaciones móviles del escenario, serán ininflamables.
D.2914
Las escaleras, los puentes de servicio, los emparrillados, diversos pisos de la tramoya y, en general, todas las instalaciones estables construidas en el escenario, serán de material incombustible. El piso del escenario podrá ser de madera ignifugada.
D.2913
Las partes resistentes del techo serán de material incombustible.
D.2911
Se establecerá en el techo del escenario un vano cubierto por una o varias claraboyas. Su sección será igual a 1/20 de la superficie del escenario.
D.2910
Será obligatoria la instalación de telones cortafuego que deberán responder a las siguientes exigencias:
a) obturar completamente la boca del escenario.
b) ser incombustibles.
c) ser resistentes al fuego.
D.2909
Las puertas situadas a nivel del piso del escenario, se abrirán hacia afuera o a vaivén y las que están encima del escenario se abrirán hacia el exterior. Cualquier otra puerta abrirá hacia el interior del escenario.
D.2908
Las comunicaciones citadas en el artículo D.2906 estarán cerradas por puertas cortafuego, construidas con materiales resistentes al fuego, de manera que puedan impedir el pasaje del humo y de las llamas.
D.2907
El escenario no podrá tener en sus partes altas, comunicación con las escaleras y salidas que sirvan los alojamientos de los artistas y las dependencias de la Administración.