Las partes de la instalación expuestas al exterior del Sistema de Calentamiento Solar, dispondrán de componentes y fijaciones necesarias para la estabilidad y seguridad estructural del equipamiento, en particular frente a la acción del viento, utilizando para el cálculo en los casos que aplique,
Digesto
R.1922
Las características de diseño, materiales y disposición del Sistema de Calentamiento Solar deberán minimizar los deslumbramientos y reflejos a los conductores de vehículos en las vías de tránsito del entorno inmediato a la instalación.
R.1921
El Sistema de Calentamiento Solar deberá disponer de mecanismos o dispositivos para:
R.1920
Condiciones de seguridad de los Sistemas de Calentamiento Solar. Las instalaciones de los Sistemas de Calentamiento Solar de Agua deberán cumplir con condiciones de seguridad bajo exclusiva responsabilidad del profesional actuante.
R.1919
Ámbito de aplicación. Las presentes disposiciones sobre instalaciones de Sistemas de Calentamiento Solar de Agua son aplicables a los casos de obra nueva o rehabilitación integral.
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