Av. Daniel Fernández Crespo – Av. Agraciada
Para los predios de este estructurador que están comprendidos dentro del ámbito del “Inventario Patrimonial del Centro de Montevideo y áreas de proximidad” rige:
Digesto
D.242
D.241
Av. del Libertador Brigadier Gral. Lavalleja
Rigen las normas generales establecidas en el Artículo N.º 11 del presente decreto.
D.240
Av. 18 de Julio y su área de influencia
Rigen las normas generales establecidas en el Artículo N.º 11 del presente decreto.
D.239
Normas generales para los bienes y espacios en Régimen General
D.238
Normas generales para los bienes y espacios en Régimen Patrimonial
D.237
Bienes inmuebles a incorporar al Régimen Patrimonial.
D.236
Bienes de Interés Departamental
a) Se definen de interés departamental los siguientes inmuebles identificados con los números de padrón correspondientes, incorporar al listado general de Bienes de Interés Departamental.
D.233
Tramos Protegidos
Se definen como Tramos Protegidos los siguientes tramos de calles:
