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Digesto

R.105.2

Derecho de petición.
Todo habitante tiene derecho de petición ante el/la Intendente/a.

R.36.2

Intercambio de información.

R.36.1

Potestad de avocación del jerarca.
El/la superior jerárquico puede en cualquier momento, ordenar la elevación de las actuaciones a fin de avocarse a su conocimiento y su eventual decisión.

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