Back to top

Digesto

A.404

Las normas de la presente ley(*) no obstarán a la aplicación de las leyes que afecten a los funcionarios de la Administración Pública, cuando éstas prescriban exigencias especiales o mayores a las que surgen de su texto.

A.403

Los funcionarios públicos que cumplen funciones en las reparticiones encargadas de la adquisición de bienes y servicios deberán rotar periódicamente en la forma que esta­blezca la respectiva reglamentación.
La rotación se hará sin desmedro de la carrera administrativa.

A.474

(Parques de carácter departamental). Los Gobiernos Departamentales podrán por sí, o asociados entre sí, instalar parques industriales en el territorio de su jurisdicción. En estas situaciones podrán gozar de los mismos estímulos referidos en el artículo 6º de la presente ley(*).

A.455

Los Gobiernos Departamentales podrán aplicar lo dispuesto en los dos artículos anteriores dando cuenta a sus respectivas Juntas Departamentales.

A.402

Son conductas contrarias a la probidad en función pública:
1) Negar información o documentación que haya sido solicitada en conformidad a la ley.

A.401

Los funcionarios públicos observarán los princi­pios de respeto, imparcialidad, rectitud e idoneidad y evitaran toda conducta que importe un abuso, exceso o desviación de poder, y el uso indebido de su cargo o su intervención en asuntos que puedan beneficiarlos económicamente o beneficiar a p

A.473

(Parques de carácter nacional). La Corporación Nacional para el Desarrollo podrá instalar parques industriales debiendo destinar uno de ellos o una parte sustancial de uno a las micro y pequeñas empresas.

A.454

(Empleo de la firma electrónica o firma electrónica avanzada en los órganos del Estado).

A.453

El Estado, los Entes Autónomos y los Servicios Descentralizados deberán implantar el expediente electrónico para la sustanciación de todas las actuaciones administrativas.

Páginas

Suscribirse a Digesto