De las Faltas
Digesto
A.620
A.619
De las Garantías
A.618
Medidas Disciplinarias
A.617
Deberes
a) Cada Concejal estará obligado al cumplimiento de las normas establecidas en las leyes, en las normas departamentales y en forma especial en lo que establece el presente Reglamento.
A.616
De los Concejales Vecinales. Atribuciones
a) Demandar el cumplimiento del presente Reglamento y solicitar que se apliquen las sanciones correspondientes a los que falten a éste.
A.615
De Los Concejos Abiertos
Este órgano se regirá por lo dispuesto por el Concejo Vecinal y las disposiciones vigentes, siendo su realización responsabilidad de la Mesa Ejecutiva.
A.614
Quórum
A.613
De Las Comisiones Temáticas, Permanentes o Especiales.
Designación:
Sus miembros serán designados en la forma prevista en el artículo 7 literal e) de este Reglamento(*). Su cometido estará circunscrito al tratamiento de los temas específicos.
A.612
De los Vocales. Funciones
Asistir a las sesiones de la Mesa Ejecutiva con voz y voto.
A.664
Los municipios y la estructura central de la intendencia deberán coordinar las actuaciones y brindarse apoyo y cooperación, de manera de cumplir con el plan quinquenal y los planes anuales establecidos para todo el Departamento.
