Decláranse particularmente protegidos, los ejemplares que se enumeran a continuación:
Digesto
D.224.537.25.23
D.224.537.25.22
Declárase de interés departamental la protección de aquellos ejemplares de especies vegetales, poseedores de valores relevantes para el marco ambiental, natural y cultural del Departamento de Montevideo, con el objeto de mantener y valorizar el acervo natural y cultural de dichos ejemplares
D.224.537.15
Se prohíbe la demolición de edificios integrantes del conjunto original, salvo expresa autorización de la Comisión Especial Permanente.
D.224.537.11
Se declara de interés departamental mantener, rehabilitar y valorizar el carácter testimonial de las construcciones y entornos urbanos que conforman el Barrio Reus al Norte.
D.224.537.1
Aspectos generales - Declárase de interés Departamental mantener y valorizar el carácter de las construcciones y el desarrollo urbano de la zona del Barrio Reus al Sur.
D.224.494
Finalidad- Ésta Sección tiene por finalidad, regular el desarrollo urbanístico de la zona del Prado, mediante el contralor del uso del suelo y de la edificación, manteniendo sus actuales características habitacionales y paisajísticas.
D.224.361
OBRAS EN LA CIUDAD VIEJA EN GENERAL- Las reformas, ampliaciones y obras nuevas deberán cumplir con los siguientes requisitos:
D.224.356
DECLARACION -
D.224.266.9
En todos los casos cada NBE deberá cumplir con las siguientes condiciones:
D.224.266.7
Cuando los CONBE se realicen bajo el régimen cooperativo de viviendas, la distribución y ocupación del suelo se ajustará a los porcentajes siguientes en relación al área S del predio:
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