Carácter del listado- El listado será de carácter abierto, pudiéndose proponer incorporaciones toda vez que se estime pertinente previa anuencia de la Junta Departamental de Montevideo.
Digesto
D.224.537.25.11
Objeto. El presente régimen tiene por objeto la protección de aquellas construcciones o partes de ellas, así como de elementos urbanos, poseedores de valores intrínsecos particularmente relevantes de tipo arquitectónico, urbanístico, histórico o cultural, que dada su naturaleza, representan
D.224.537.25
Los padrones donde se realicen obras que se ajusten a la presente sección y que según recomendaciones de la Comisión Especial Permanente se hagan merecedoras a ellos, por su calidad, podrán ser exoneradas del pago de Contribución Inmobiliaria por el término de 8 (ocho) años a partir de su habilit
D.224.537.24
Quedan derogadas las normas generales vigentes en su aplicación al Area Testimonial (Sub-Zona "A") y de Proximidad a Testimonial (Sub- Zona "B") en lo referente a edificación, retiros, alineaciones, ochavas, alturas y ordenamientos de edificios en las vías públicas, en todo lo
D.224.537.22
Se establece la calificación de "vecinal" para calles que se acondicionarán para uso de actividades del vecindario, modificando sus condiciones físicas con el objeto de evitar su uso como vías de tránsito vehicular importante o de atravesamiento.
D.224.537.21
Dentro del Área Testimonial (Sub-Zona "A") los usos del suelo admitidos son: residencial, cultural, comercial, educativo, artesanía o pequeños talleres, siempre que por la escala de su actividad no se desvirtúe el destino preferencial que es el de vivienda.
D.224.537.16
Se admitirá la realización de reformas y remodelaciones en edificios de la Sub-Zona "A", siempre que dichas obras se realicen respetando los siguientes criterios:
D.224.537.13
Se califica como "Area de Proximidad Testimonial" y se denomina Sub-Zona "B" la comprendida en el perímetro delimitado por las siguientes calles: Concepción Arenal desde Dr. José L.
D.224.537.10.9
Para las construcciones calificadas con grado 0 a 2, salvo peligro inminente para transeúntes o predios linderos no se autorizarán demoliciones si previamente no se hubiera aprobado el correspondiente permiso de construcción y establecido un plazo para la iniciación de las obras proyectadas
D.224.537.10.5
Normas aplicables a las construcciones nuevas y reformas - Las reformas, ampliaciones y obras nuevas deberán cumplir con los siguientes requisitos:
a - Estricto mantenimiento de la alineación dominante en la cuadra donde se implante.
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