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Digesto

D.224.266.5

Cuando el CONBE se realice bajo la modalidad de solares individuales, se permitirá fraccionar en las siguientes condiciones:
a. área mínima de cada solar: 180 m.c.;
b. frente mínimo: 9 metros;

D.224.483.27

En las zonas y vías correspondientes al área de actuación del Consejo Auxiliar de los Pocitos, los edificios tendrán una altura básica de seis y nueve metros, de acuerdo a lo establecido en los arts.

D.224.465

Àreas de aplicaciòn. - Los edificios que se construyan, reformen, amplien o habiliten en la zona comprendida entre las calles Rafael Barradas, el Arroyo Carrasco, el Cno. Carrasco, la Avda. Bolivia, la calle Josè Ordeig (ex calle Josè Marìa Charry), el parque lineal Arq.

D.224.537.7

Tolerancias - Las obras de reformas que se proyecten en la zona podrán apartarse, a criterio de la Comisión Especial Permanente de las normas relativas a higiene de la vivienda, siempre que no se pongan en peligro la higiene y seguridad pública, y en el caso que la aplicaci

D.224.537.25.12

Declaración - Declárase de interés departamental mantener y valorizar el patrimonio constituido por los bienes que, de acuerdo con lo establecido en el artículo anterior se enumeran a continuación y se ajustarán al régimen de la presente Sección:
1) ANCAP Av. Libertador s/n Pad. 6989

D.224.537.3

Amplíanse los cometidos de la Comisión Especial permanente, referida en el Art.D.357, al área precedentemente delimitada y a todas las otras que en el futuro sean declaradas de interés testimonial dentro del Departamento de Montevideo.

D.224.537.25.20

Mantenimiento- Será obligación de los propietarios de los bienes afectados, mantenerlos en buenas condiciones, aún sin que existan daños o riesgos a eventuales moradores o terceros.

D.224.483.28

Usos del suelo.

D.224.537.25.42

La Comisión Especial Permanente de Montevideo Rural asesorará a la Intendencia,  en vía de trámite en consulta, acerca de las solicitudes y de las ordenanzas y reglamentaciones a que se refiere el artículo D.

D.224.537.10.1

Aspectos generales- Declárese de interés municipal mantener y valorar el caracter testimonial que poseen las construcciones y entornos urbanos que conforman la zona del Barrio Sur en los alrededores de la calle Carlos Gardel.

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