Back to top
Digesto
D.224.224
OCHAVA.- La ejecución de la ochava reglamentaria y de la provisoria, se ajustará a las condiciones siguientes: A) En predios libres de construcciones: para obras nuevas, se exigirá la ochava reglamentaria, en la intersección de las alineaciones definitivas, de acuerdo con
D.224.537.25.19
Tramitación.
D.224.537.10.8
Demoliciones - No se autorizará la demolición de construcciones que hayan sido calificadas con grado 3 y 4 si su estado estructural o de salubridad así lo exige estas construcciones podrán ser declaradas por Resolución de la Intendencia Municipal "fincas peligrosas&qu
