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Digesto

R.1734

Autorización de desagües Industriales. En el momento oportuno, el interesado solicitará a la Unidad de Control de Desagües Industriales la inspección de las obras de tratamiento de aguas ejecutadas y si las mismas se encontraran en condiciones de ser habilitadas, se expedirá la &

R.1697

(Ductos en edificios colectivos). Los ductos en edificios colectivos en los que se prevean colocar cañerías de desagües deberán cumplir con las siguientes características:
1. Ductos verticales de ventilación con cañerías

R.1664

Corresponderá al Departamento de Planeamiento Urbano el proponer, previo los informes, constataciones y asesoramiento complementarios que estimare del caso, la pertinente resolución.

D.4484

Subdivisión de alturas interiores. Cuando se proceda a la subdivisión de las alturas interiores de la construcción existente, se admite dentro de cada unidad resultante, que hasta un cien por ciento (100%) de su área posean alturas menores que las reglamentarias.

D.3720

Las circulaciones generales para el público, como las escaleras y rampas deberán estar dispuestas de tal forma, que la corriente peatonal se dirija hacia las salidas sin congestionamiento y con continuidad.

D.4235

Queda prohibido el uso de materiales combustibles o de naturaleza orgánica en la construcción de ductos y acondicionadores de aire.

D.3646

Deberá emplearse un sistema de recirculación que asegure la circulación del volumen total de agua en un plazo máximo de 8 horas.

D.3645

Los dispositivos de entrada y salida de agua deberán estar localizados de manera de permitir una adecuada distribución y un desagüe suficiente. En la parte más honda habrá un dispositivo de salida que permita el vaciamiento total en un plazo máximo de 4 horas.

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