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Digesto

D.3423

Los hornos de la especie sólo podrán instalarse fuera de la línea determinada en el artículo que subsigue, siempre que ellos disten por lo menos trescientes metros de toda habilitación, y que a juicio de la oficina respectiva no ocasionen perjuicios higiénicos ni molestias a terceros. 

D.4031

Los locales de venta deberán reunir las siguientes características físicas:
A. superficie mínima 6 m.c.
B. lado mínimo 2 m.

D.4317

Tanques de limpieza.

D.4308

Cegamiento de aljibes.

D.4296

Material a emplear en las cañerías para agua caliente. Las cañerías para agua caliente deberán ser de hierro galvanizado con o sin costura, de acero, de cobre, de bronce o de cualquier otro material aprobado por la oficina para este fin.

D.4290

Ubicación de los depósitos.

D.3376

Ductos de ventilación de baños y sanitarias. Los ductos de ventilación de baños y sanitarias no podrán estar abiertos o comunicados a locales como garajes, salas de calderas, locales industriales y todo otro local con eventual peligro de incendio.

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