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Digesto

R.1895

Los permisos para la construcción, ampliación y/o regularización de viviendas populares conforme al régimen establecido en el Título X "De las Viviendas Populares", Capítulo Unico, Parte Legislativa del Volumen XV "Pl

R.1902

Los ingresos máximos del núcleo familiar gestionante no excederán los siguientes topes, establecidos de acuerdo con la tipología de la vivienda:
a) unidad básica (estar, cocina, baño) hasta 38 U.R. (treinta y ocho unidades reajustables);

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