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Digesto

D.4218

El Servicio de Instalaciones Mecánicas y Eléctricas será el competente para:

a) autorizar las instalaciones mecánicas que determine la reglamentación

b) ejercer los poderes de policía sobre dichas instalaciones y sobre las exentas de autorización.

D.4204

Los proyectos de edificios comprendidos en las disposiciones del artículo anterior deberán tener los siguientes datos relativos a los ascensores previstos:

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