El Servicio de Instalaciones Mecánicas y Eléctricas será el competente para:
a) autorizar las instalaciones mecánicas que determine la reglamentación
b) ejercer los poderes de policía sobre dichas instalaciones y sobre las exentas de autorización.
El Servicio de Instalaciones Mecánicas y Eléctricas será el competente para:
a) autorizar las instalaciones mecánicas que determine la reglamentación
b) ejercer los poderes de policía sobre dichas instalaciones y sobre las exentas de autorización.
Los proyectos de edificios comprendidos en las disposiciones del artículo anterior deberán tener los siguientes datos relativos a los ascensores previstos:
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