Se establece que la compensación referida en el artículo 211.14.1, se percibirá en cada cuatrimestre conjuntamente con el cobro de las altas de la Tasa General Departamental.
Tobefu
A.211.14.1
Autorizar el pago de un viático del 10% (diez por ciento) del sueldo base, a los/as funcionarios/as del Escalafón Obrero que se desempeñan como Distribuidores/as en el Servicio de Gestión Integrada de Cobro, a partir del 1º de diciembre de 2023 y mientras cumplan dichas tareas en el referido Serv
A.131.29
Establecer que los/las funcionarios/as que revistan en las carreras “Ingeniero/a Informático/a”, “Analista Informático” e “Ingeniero/a Electricista”, pertenecientes al Escalafón Profesional y Científico, activos/as en la Intendencia de Montevideo, que desempeñan efectivamente tareas en el Departa
A.206.4
El presente Reglamento no aplicará para los casos de cursos de capacitación en el exterior.
A.206.3
Apruébanse los Anexos I, II y III, que se consideran parte integrante de esta Reglamentación.
