(Funcionarios del Servicio de Mantenimiento de Vehículos e Instalaciones de la División Limpieza) Incorporar, a partir del 1 de enero de 1996, al régimen de 6º día de trabajo y a la compensación correspondiente, hasta 120 funcionarios del Servicio de Mantenimiento de V
Tobefu
A.133
Los funcionarios de la Intendencia, presupuestados o contratados, con excepción de los funcionarios del Departamento de Actividades Productivas y Comerciales, que cumplan tareas en el horario comprendido entre las 22 y las 6 horas, percibirán una compensación mensual equivalente al 20 % del
A.132
Establécese una compensación extraordinaria para aquellos funcionarios que realicen tareas entre las 22 (veintidos) horas y las 6 (seis) horas equivalente al 20 % de su sueldo base.
A.131.18
Se excluye de la percepción de retribución por labor docente a los Directores políticos de Departamento y División.
A.13
Los funcionarios que integren el sub-escalafón Recaudadores percibirán como compensación a la Función y en la medida que la ejerzan efectivamente, el 30 % (treinta por ciento) de su sueldo base, dejando de percibir la compensación unificada.
A.211.2
Asignar interinamente a partir del 27 de agosto de 1997, fecha de creación de las Unidades de Apoyo y Asesoramiento, funciones de Encargados, a los funcionarios que se indican, en los destinos y con los viáticos que se detallan a continuación: ...
A.198
Aprobar la presente reglamentación en materia de inspecciones profesionales de funcionarios arquitectos para el Departamento de Montevideo a partir de la fecha de la presente resolución:
A.144.39
Suspender a partir de la fecha y hasta nuevo aviso, el régimen de sexto día previsto en la Resolución No.3.504/84 de 31/XI/85, en el Departamento de Descentralización, al personal técnico y administrativo.
