A los efectos de percibir la tasa creada por el artículo 80 del D.J.D. 13.501, el transportador titular del vehículo deberá presentar mensualmente entre los días 1o.
Totid
A.297
En la misma oportunidad y conjuntamente la Dirección de Tránsito y Transporte efectuará mensualmente una inspección de las condiciones de circulación de todo orden de los vehículos que transiten transportando para su comercialización inflamables y demás productos a granel susceptibles de riesgos
A.296
La Dirección de Instalaciones Mecánicas y Eléctricas efectuará mensualmente una inspección de los elementos de seguridad en materia de prevención de incendios, explosiones y contratación de la capacidad de sus depósitos, de los vehículos destinados a transporte de inflamables a granel, extendiend
A.294
(Tasa de contralor de seguridad y circulación de vehículos que transportan productos inflamables). El Consejo Departamental efectuará mensualmente el contralor de las condiciones de seguridad y de circulación de todo orden de los vehículos que transiten transportando para su come
A.293
(Tasa anual por inspección de ascensores y/o elevadores).
A.292
(Inspección de ascensores, montacargas y/o elevadores). Por cada ascensor o montacargas se abonará:
A.291
Cuando se solicitare el permiso a que se refiere el artículo 2º del Decreto Departamental Nº 21.340 de 3 de octubre de 1983, por concepto de estudio de proyecto se abonará una tasa de acuerdo a la siguiente escala:
A.289
(Solicitud de permiso). La solicitud de permiso deberá ser presentada por el propietario del edificio, adjuntándole un proyecto completo formulado por una firma instaladora autorizada, aportando los siguientes elementos:
a) - plano de elevación a escala 1:50;
A.282
Sustitúyese el texto del artículo 90 del Decreto Departamental Nº 15.706 según la redacción ordenada por el artículo 107 del Decreto Departamental No. 24.049, ratificado por Decretos No. 24.068 y 24.069 por el siguiente:
A.281
Por la solicitud de autorización o permiso para la instalación en locales de depósitos no subterráneos de líquidos inflamables combustibles (arts.
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