Áreas diferenciadas en suelo categoría suburbana. Para la ordenación del suelo categoría suburbana, se establecen las áreas diferenciadas que se expresan a continuación, relacionadas con sus respectivas Subcategorías de suelo a la que pertenecen, cuya ubicación y delimitación se expresa en el artículo siguiente y en el plano denominado “Áreas Diferenciadas en suelo categoría suburbana”
SUBCATEGORÍAS | ÁREAS DIFERENCIADAS |
Suelo Suburbano No Habitacional |
Rincón del Cerro Oeste Entorno de Paso de la Arena La Tablada Parque de Actividades del Oeste Oeste de Manga Alrededores de Carlomagno Felipe Cardozo y Cochabamba |
Suelo Suburbano No Habitacional Intensivo |
Punta Lobos Zona ANCAP Puerto de Montevideo Zona Franca de Montevideo |
Suelo Suburbano No Habitacional de Servicios |
Complejo Penitenciario Santiago Vázquez Aeródromo de Melilla Hospital Saint Bois Base Aérea de Boisso Lanza Cárcel de Punta de Rieles |
Suelo Suburbano Habitacional |
Los Cilindros Barrio Monterrosa La Colorada Barrio Gori Cabaña Anaya Barrio Nuevo Llamas Sosa Chaferro Las Artes Los Bulevares La Abeja Fénix Toledo Chico Carlomagno |
(*) Ver Decreto N° 29.799 de 28 de diciembre de 2001.
(*) Ver Decreto N° 29.471 de 28/10/2001
(*) Ver Decreto N° 29.770 de 28 de diciembre de 2001;
(*) Decreto N° 29.903 de 29/4/2002.
(*) Decreto N° 29.714 de 3/12/2001.
Ver además Decreto N° 29.315 del 8/01/2001.
Ver Decreto Nº 33.527 de 04/10/2010.
De acuerdo a lo dispuesto en el Decreto JDM Nº 34.870 de fecha 25/11/13, art. 11º, en la redacción dada por el Dto. JDM Nº 34.889 de 5/12/13, artículo 1º, el Decreto JDM Nº 34.870 entró en vigencia a los 90 días de la fecha de su promulgación.