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A.11.2

en Tobefu

Establecer que los/as funcionarios/as que se presupuesten en la Unidad T.V. Ciudad, percibirán el 15% (quince por ciento) del sueldo básico por concepto de compensación unificada como excepción a lo dispuesto en el artículo 73 del Decreto Nº 26.229, de 17 de diciembre de 1993.(*)

Identificadores
Tipo: 
A
Número: 
11.2
Estado
Estado: 
Vigente
Ubicación en el volúmen
Contenedor padre: 
Etiqueta de orden: 
Vol. TOBEFU, Título I, Cap. IV, Art. 11.2
Notas: 
Fuentes
Fuente: 
art. 77
Administrativo
Órden: 
A.0020.0000.0000.0000.0000.E.0001.0000.0000.0000.0000.F.0004.0000.0000.0000.0000.A.0011.0002.0000.0000.0000