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Digesto

D.83.7

Certificación de conocimientos y habilidades. Facúltase a la Intendencia a modificar, mediante la transformación del cargo presupuestal o del contrato, la Carrera perteneciente al Escalafón Obrero, Sub-escalafones Auxiliar O1 y Oficial Práctico O2 por otra clasificada en el Sub-e

A.D.83.7

Artículo D.83.7.- Certificación de conocimientos y habilidades.

R.506.1

Los vehículos afectados al servicio de taxímetro deberán contar con una “Terminal Pos” para poder efectuar cobros con la tarjeta pre-paga y post-paga del STM.

R.1270.10

Si en la segunda visita realizada conforme al Artículo R.1270.3 se comprobara que la persona continúa desempeñando la actividad en forma irregular, la División Tránsito mediante Resolución fundada elevará las actuaciones así como la

R.1270.9

A la persona que solicita la regularización se le otorgará inicialmente un permiso provisorio como cuidador de vehículos, y se le hará un seguimiento durante 30 (treinta) días.

R.1270.8

Se realizará una segunda visita, a efectos de verificar el cumplimiento de lo dispuesto en referencia al cese de la actividad irregular, dando por concluido en tal caso el procedimiento.

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