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Digesto

D.2299.7

Funcionamiento del RUDA.- Los datos del RUDA deberán ser recabados dentro de los 120 (ciento veinte) días de la aprobación del presente decreto e informados a la Junta Departamental y a los Gobiernos Municipales en un plazo no mayor a los 180 (ciento ochenta) días de dicha aproba

D.2299.6

Registo de Artesanos y Carné de Artesanos.-

R.1288.45.1

Horarios de uso de mesas y sillas con o sin entarimado. Sin perjuicio de lo establecido por el Decreto Nº 36.615 de 3 de abril de 2018 dentro de su ámbito de aplicación, la colocación de mesas y sillas

D.2299.5

Definiciones.-

D.2299.4

Créanse los Paseos de los Artesanos Tradicionales Callejeros que se ubicarán en:

a) aceras norte y sur de la Peatonal Sarandí entre la Escuela de Artes y Artesanías Dr. Pedro Figari y Pérez Castellanos.

D.2299.3

Créanse las siguientes Ferias Especiales de venta de Artesanías en la Ciudad Vieja:

a) Vereda Sur de la Unidad Museo y Archivo Histórico de Montevideo (Cabildo de Montevideo) se denominará Feria Especial Cabildo.

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