Digesto
D.2299.7
Funcionamiento del RUDA.- Los datos del RUDA deberán ser recabados dentro de los 120 (ciento veinte) días de la aprobación del presente decreto e informados a la Junta Departamental y a los Gobiernos Municipales en un plazo no mayor a los 180 (ciento ochenta) días de dicha aproba
D.2299.6
Registo de Artesanos y Carné de Artesanos.-
R.1288.45.1
Horarios de uso de mesas y sillas con o sin entarimado. Sin perjuicio de lo establecido por el Decreto Nº 36.615 de 3 de abril de 2018 dentro de su ámbito de aplicación, la colocación de mesas y sillas
D.2299.5
Definiciones.-
D.2299.4
Créanse los Paseos de los Artesanos Tradicionales Callejeros que se ubicarán en:
a) aceras norte y sur de la Peatonal Sarandí entre la Escuela de Artes y Artesanías Dr. Pedro Figari y Pérez Castellanos.
D.2299.3
Créanse las siguientes Ferias Especiales de venta de Artesanías en la Ciudad Vieja:
a) Vereda Sur de la Unidad Museo y Archivo Histórico de Montevideo (Cabildo de Montevideo) se denominará Feria Especial Cabildo.
Páginas
