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Digesto

D.4082.88

En los locales de estacionamiento colectivo destinados exclusivamente al servicio de viviendas, cuyo nivel sea igual o superior a 1 mt.

D.4082.87

Los locales para estacionamiento deberán tener ventilación adecuada, entendiéndose por tal a los efectos de esta Ordenanza, aquélla que asegure en todo momento que la concentración medida de monóxido de carbono ( CO ), no excede  de 150 partes por millón, y que la presencia de otros contamin

D.4082.86

a) En los estacionamientos de uso público, señalizados o no, es obligatoria la instalación de servicios higiénicos y vestuario en las condiciones establecidas en la ordenanza general para locales de trabajo.

D.4082.85

Con la única excepción de los garages destinados directamente al servicio de vivienda y que, formando parte del mismo edificio, ocupen como máximo dos niveles, los locales de estacionamiento deberán estar dotados de una instalación de alumbrado de seguridad que actúe en forma automática al fallar

D.4082.84

En los estacionamientos de uso público, la iluminación de 25 lux, natural o artificial, deberá mantenerse en forma permanente durante los períodos de uso.

D.4082.83

Los locales o playas de estacionamiento deberán estar provistos de instalaciones de alumbrado cuya capacidad lumínica asegure un nivel promedio de iluminación de 25 lux a nivel, con 10% de variación máxima de punto a punto, la que deberá funcionar cuando la iluminación natural sea inferior a dich

D.4082.82

Todos los establecimientos colectivos deberán estar dotados de las medidas contra incendio que exija en cada caso la Dirección Nacional de Bomberos.

D.4082.81

En las calles y rampas de circulación vehicular y en los sitios de estacionamiento, no se permitirán accesos a ascensores de pasajeros, salvo que se interponga entre el plano de las puertas de los ascensores y los lugares precitados, una vereda de 1 mt.

D.4082.79

El Servicio de Edificación podrá autorizar la supresión total o parcial de la obligación establecida en el artículo D.4082.78,  en los estacionamientos colectivos afectados al servicio de las viviendas, cuando el tramo final de la vía de circulación esté ubicado en la zona de retiro frontal,

D.4082.77

Las instalaciones electro mecánicas anexas a locales de estacionamiento, tales como monta automóviles, ascensores de pasajeros, rampas móviles y ventilación mecánica, deberán ser aprobadas por el Servicio de Instalaciones Mecánicas y Eléctricas de la Intendencia de Montevideo, el que controlará e

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