Los instaladores o propietarios que intentaran sobornar a los funcionarios encargados de controlar las obras sanitarias, serán castigados con sujeción a lo que establece el Código Penal.
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Digesto
D.4423
Todo instalador sanitario que desacate de palabra o de hecho a los funcionarios encargados del control de las obras, será penado con multa que variará de DIEZ a CINCUENTA PESOS ($ 10.00 a 50.00), según la gravedad del caso.
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