Exámenes prácticos. Los exámenes prácticos se clasificarán en los siguientes tipos:
examen práctico I para las licencias A y E;
examen práctico II para la licencia B;
Exámenes prácticos. Los exámenes prácticos se clasificarán en los siguientes tipos:
examen práctico I para las licencias A y E;
examen práctico II para la licencia B;
Aprendizaje. Las sanciones que puedan corresponder por infracción a las normas sobre aprendizaje serán aplicadas al propietario del vehículo y al conductor instructor.
Cambios de luces. Las luces altas, de llevarse encendidas deben sustituirse por las luces bajas cuando se aproxima un vehículo en sentido opuesto, para evitar encandilamientos. De igual modo si se aproximan cabalgaduras u otros animales.
Principio general. Los conductores de los vehículos deben de conducir con prudencia y atención, debiendo ser dueños en todo momento del movimiento de los mismos.
Reguladores de tránsito. En las intersecciones reguladas por agentes de tránsito o señales luminosas, el derecho al paso será siempre determinado por estos, debiendo ser obedecido estrictamente.
El transporte de estudiantes se regirá por las disposiciones previstas en la Sección I “del Transporte de Escolares”, Capítulo I “Del Transporte de Personas”, Título II
El transporte de estudiantes se realizará desde y hacia las instituciones de enseñanza o para la realización de actividades culturales, deportivas, recreativas, extracurriculares o sociales, bajo la modalidad de "puerta a puerta", dentro de los límit
Derogado por Decreto No. 23.685 art. 2
La Intendencia establecerá las condiciones que deben cumplir los vehículos que se afecten al servicio, así como los distintivos identificatorios que deberán utilizar.
La aplicación de las sanciones complementarias que se encuadran en el artículo R.424.103.2, no exime al conductor infractor, del pago de la multa correspondiente por transgresión al
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