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Digesto Departamental
De los Cementerios
De los Cementerios
Del uso de nichos y sepulcros
De los adornos, floreros y macetas en los bienes funerarios
Disposiciones generales

Volumen XI De los Cementerios

Libro XI
De los Cementerios
Título III
Del uso de nichos y sepulcros
Capítulo II
De los adornos, floreros y macetas en los bienes funerarios
Sección I
Disposiciones generales

Prohíbese retirar de los cementerios los adornos que se coloquen sobre las sepulturas.

FuenteObservaciones
num. 1
num. 1

Cuando el Servicio Fúnebre y de Necrópolis lo considere oportuno mandará destruir todos aquellos que sean susceptibles de incinerarse.

FuenteObservaciones
num. 1
num. 2

Todo interesado en colocar en los cementerios algún objeto ornamental, deberá exhibirlo previamente al empleado superior del establecimiento, quien podrá conceder verbalmente el permiso.

FuenteObservaciones
num. 1
num. 4

Vencido el plazo dentro del cual deben extraerse de las fosas los restos de los cadáveres en ellas depositados, todos los objetos existentes sobre esas sepulturas y cuya devolución no se hubiese solicitado, para colocarlos en otras del mismo cementerio, serán retirados, previa anuencia del Encargado, para depositarlos donde éste disponga hasta que la Dirección resuelva el destino que debe dársele.

FuenteObservaciones
num. 1
num. 5

Los objetos que por razón de deterioro no puedan permanecer más tiempo en el sitio donde se hayan colocado, serán también retirados inmediatamente usando el mismo procedimiento que se indica al final del artículo.

FuenteObservaciones
num. 1
num. 6

No se permitirá la colocación de fotografías sobre las tumbas o sepulturas.

El Servicio Fúnebre y de Necrópolis dará aviso a los interesados, a los efectos del retiro y devolución de dichas fotografías.

FuenteObservaciones
num. 1
num. 3

Prohíbese la colocación en los nichos, así como en los espacios libres próximos a éstos, de la rotonda del Cementerio Central, de aditamentos de naturaleza alguna, tales como jardineras, macetas, placas, etc.

FuenteObservaciones
num. 1