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Digesto

A.719.2

Las solicitudes de Acceso a la Información Pública relacionadas a vehículos empadronados en el Departamento de Montevideo (así como otras consultas vinculadas con automotores) deberán ser canalizadas de la siguiente forma:

A.719.1

Las dependencias del Ministerio del Interior que, en ejercicio de sus competencias, soliciten información respecto a la identidad de titulares de vehículos empadronados en el Departamento de Montevideo, así como otros datos vinculados con automotores, deberán dirigir sus requerimientos a la Unida

D.2299.18

Disposición Transitoria. Se establece un plazo hasta el 1º de mayo de 1993, para la reubicación definitiva acorde con la zona de exclusión establecida en el presente decreto de los puestos situados en las siguientes calles:

Colonia y Fernández Crespo;

D.2299.17

Todas las personas que atiendan el puesto en cualquiera de las tareas que se desarrollen en el mismo deberán contar con carné de salud vigente.

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