En caso de faltas al artículo D. 2229.1 en lo que concierne a la cómoda circulación de los peatones y asegurar el permanente acceso a las fincas se multará en el primer caso (circulación por vereda) con 1 U.R.
Digesto
D.2191
Cuando previamente a la ejecución de las obras sea necesario colocar cordones al borde de las calzadas, la Intendencia procederá a la realización de ese trabajo, siendo el gasto que él demande de exclusivo cargo del propietario.
D.2186
El permiso de construcción o reconstrucción total o parcial de veredas se gestionará en el Servicio Centro Comunal de la Zona que corresponda, ajustándose al formulario que éste Servicio proporcionará. La gestión será gratuita.
R.967
Aprobado el proyecto por la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas, el Servicio de Obras Industriales lo elevará a consideración de la Intendencia la cual dictará resolución, aprobando el proyecto y disponiendo el llamado a licitación.
R.935.15
Si la obra permaneciese abierta en horas de la noche se deberá asegurar la suficiente señalización en base a balizas eléctricas (del tipo de las descriptas anteriormente), debidamente distribuidas a lo largo del desarrollo de la obra.
D.2229
En toda obra que se ejecute en la vía pública queda prohibido depositar en las calles o veredas, materiales que no se utilizarán en las mismas.
D.2214.4
La Intendencia de Montevideo coordinará todos los trabajos de remoción de pavimentos que hacen en la vía pública sus Servicios y Unidades Ejecutoras ya sea por administración o mediante empresas contratistas.
R.930.19
No se admitirá el tendido de mezcla asfáltica cuya temperatura fuera inferior a 130 (ciento treinta) grados Celsius en cortes menores de 5 (cinco) metros cuadrados y de 135 (ciento treinta y cinco) grados Celsius en cortes mayores de 5 (cinco) metros cuadrados.
D.2229.2
Se deberá hacer entrega inmediata a la Intendencia de Montevideo, al Ministerio de Transporte y Obras Públicas u Organismos que corresponda, de todo objeto de valor material, científico, artístico o arqueológico que se hallase en el emplazamiento de las obras, sin perjuicio de lo dispuesto
D.2232
Las remociones de los pavimentos y cordones, cuya conservación esté a cargo de la Intendencia de Montevideo, deberán ser ejecutadas por las Instituciones Oficiales, Entes, Empresas Contratistas o por particulares que las soliciten, así como el relleno de las zanjas, resultantes de dichas
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