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Digesto

R.935.11

En los casos en que la zona en la que se realizarán las obras o la cantidad de peatones en circulación lo permitan, la División Tránsito y Transporte podrá autorizar, previa solicitud por escrito debidamente justificada de la empresa interesada y bajo su responsabilidad, las sustitución de las ba

R.930.40

Las verificaciones de espesor, se efectuarán en obra previamente al llenado. De tener dudas la U.C.C.R.I.U., con posterioridad a dicho llenado, podrá ordenar la extracción de testigos. Los resultados obtenidos tendrán validez únicamente para el corte del cual se extrajo.

R.930.34

Con la frecuencia que determine la U.C.C.R.I.U., un camión deberá pasar por el Laboratorio que la U.C.C.R.I.U. apruebe a efectos de controlar la calidad de la mezcla.

R.930.25

Cordones de hormigón. Los cordones de hormigón que se reconstruyan tendrán las características indicadas en los planos, ajustándose de ser necesario, a las dimensiones de los cordones ya existentes.

R.930.22

Cuando la distancia entre el borde del corte y la junta existente (transversal, longitudinal, o de reparaciones existentes) sea menor que ochenta centímetros, se deberá continuar con el corte hasta la junta.

R.916

La construcción de las veredas en la avenida José María Paz, en el tramo comprendido entre la calle Coimbra y la avenida Bolivia, se ajustará a las siguientes condiciones:

D.2241.26

Conjuntamente con las canalizaciones especiales de desagüe se deben construir las conexiones de los inmuebles de los interesados.

D.2234.1

La Intendencia de Montevideo podrá cuando lo estime conveniente, previo acuerdo con el permisario, efectuar por administración o por contrato, la reposición total o parcial de las remociones autorizadas.

D.2218

Las autorizaciones para realizar obras en la vía pública estarán en todos los casos condicionadas a las disposiciones que rijan sobre la ocupación del suelo y subsuelo.

D.2215.1

La exigencia mencionada en el Artículo D.2215 también debe ser cumplida por aquellos Servicios y Unidades Ejecutoras de la Intendencia de Montevideo que realicen obras de remoción en la vía pública en forma directa o por contra

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